Lunes 04 de agosto del 2008 Política

Cambios ‘ilegítimos’ en textos de tratados y garantías

Del más de un centenar de modificaciones de “última hora” que asegura haber detectado  en la propuesta de nueva Constitución que se redactó en Ciudad Alfaro, el asambleísta León Roldós (RED) destaca dos a las que considera ilegítimas porque permitirían el abuso de poder y la corrupción: las normas de aplicación de las garantías jurisdiccionales y el mecanismo de aprobación de los tratados internacionales.

En la sesión del 17 de junio, el pleno de la Constituyente aprobó el capítulo de las denominadas garantías constitucionales.

El texto original indica, entre otros procedimientos, que  de haber más de un juez con competencia sobre el caso, se realizará un sorteo. Y añade que si la denuncia se hace de manera oral, se redactará un acta. 

En el texto que el presidente de la Asamblea, Fernando Cordero (PAIS), entregó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) ya no constan esas referencias.

En la sesión extendida del 18 y 19 de junio se trataron algunas reconsideraciones referidas a la justicia, pero no estos textos, indica Roldós.

Él recuerda que los asambleístas encargados de ese tema (Gina Godoy, Betty Amores, María Paula Romo, Germánico Pinto y Rossana Alvarado) se comprometieron a plantear un texto de reconsideración que elimine ese mecanismo para que sea la ley la que lo regule.

Con esos cambios, para el trámite de acciones jurisdiccionales se designarían jueces “a dedo” y no quedarían pruebas escritas de las denuncias que los afectados realicen, según Roldós, quien había propuesto que se crearan los llamados jueces constitucionales.
A manera de ejemplo, Roldós explica: “Es decir que, por ejemplo, cualquiera podría buscar al juez que vive al lado de su casa para pedirle, a medianoche y en pijama, que detenga la rotativa de un periódico alegando un estado de indefensión ante una noticia”.

En cambio, en la sesión del 16 de julio pasado, el pleno de la Asamblea aprobó los artículos de la Función Legislativa.

En el numeral 8 se especificaba que la Asamblea Nacional (antes Congreso) tenía la facultad de “aprobar o negar los tratados y otros instrumentos internacionales a los que se adhiera el país, en los casos que corresponda”.

Pero en la versión del 19 de julio pasado, publicada en la página web de la Asamblea (www.asambleaconstituyente.gov.ec), el texto indica que el Congreso aprobará o improbará “los tratados y otros instrumentos internacionales que establezcan alianzas políticas o militares”.

Y en la versión final, la que fue entregada al Tribunal Supremo, consta que los legisladores aprobarán o no solo los tratados internacionales.

Tales cambios se realizaron entre el 23 y 24 de julio sin el conocimiento del pleno. Y tampoco constaban en las recomendaciones de la Comisión de Redacción Final.

Al eliminar la frase “y otros instrumentos internacionales”, se le permitiría al mandatario de turno efectuar los convenios comerciales que considere necesarios, dice Roldós.

El presidente Rafael Correa, por ejemplo, ha suscrito acuerdos de cooperación con Venezuela y Argentina.
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