- JUL. 26, 2008 - Foto - Política - EL UNIVERSO
La Policía y las Fuerzas Armadas, según la Constitución aprobada en Montecristi, representan la Fuerza Pública del Estado.
El artículo 165 señala que la Policía “es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinaria, profesional y altamente especializada, cuya misión es proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional”.
Se especifica que los integrantes de esta institución tendrán una formación basada en “derechos humanos, investigación especializada, control y prevención del delito y utilización de medios de disuasión y conciliación como alternativas del uso de la fuerza”.
Para el vocero de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos (APDH), Alexis Ponce, esta modificación constitucional está acorde con los principios básicos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) respecto al uso proporcional de la fuerza pública en momentos de agitación social.
“Me parece conveniente lo aprobado para que se entienda que en las democracias modernas no debe criminalizarse la protesta social”, señala.
En la Constitución vigente la policía tiene como misión garantizar la seguridad y orden públicos, además de ser fuerza auxiliar de las FF.AA. para la defensa de la soberanía.
El nuevo texto constitucional dispone que los aspirantes a las carreras policial o militar “no serán discriminados para su ingreso”.
Agrega que estarán sujetos a las leyes específicas para la regulación de sus derechos y obligaciones. Además, incorpora a nivel constitucional un nivel de ascensos, con base a “méritos y equidad de género”.
La policía cuenta con 42.000 uniformados, que podrán ejercer el derecho al voto en la Constitución, si se la aprueba.