Son treinta disposiciones que establecen la aprobación de leyes para la Carta Magna.
La primera de las 30 disposiciones transitorias del proyecto de nueva Constitución detalla un grupo de leyes o disposiciones que tienen que ser aprobados por el “órgano legislativo” en plazos definidos para poder aplicar las reformas constitucionales.
Así, por ejemplo, se fija un plazo de 180 días (seis meses) contados desde la vigencia de la Constitución (luego del referéndum), para que se apruebe una Ley que desarrolle el régimen de soberanía alimentaria.
Y en un plazo máximo de 360 días (un año) tendrán que aprobarse once leyes para la Corte Constitucional, los recursos hídricos, usos y aprovechamiento del agua, la participación ciudadana, la de comunicación, la de educación, la educación superior y el deporte, para el servicio público, la de la Defensoría Pública, las que organicen los registros de datos, en particular los registros civil, mercantil y de la propiedad; la que regule el sistema nacional de competencias; la ley penal y la ley de procedimiento penal en materia militar y policial; y, la de seguridad pública y del Estado.
Tales plazos, a criterio de Tito Nilton Mendoza (Prian), parecen coincidir con los seis a ocho meses que, según el régimen de transición que se está discutiendo, estará en funciones el llamado “Congresillo” o Comisión Legislativa Transitoria. Quiere decir que será el mismo PAIS que tendrá mayoría en ese órgano, el que apruebe ese marco legal.
Julio Logroño (SP) dice que otra de las atribuciones que tendrá el “Congresillo”, que consta en la segunda transitoria, será la designación del primer Consejo de Participación Ciudadana (a través de un concurso de oposición y merecimientos). Según el nuevo texto constitucional, este es el encargado de organizar los comités de selección de organismos de control como el Consejo Nacional de la Judicatura, la Contraloría, el Defensor del Pueblo y las superintendencias.
En la disposición séptima se indica que en un plazo de 6 meses se reestructurará el CNJ y este, a su vez, tiene un año para reestructurar todas las cortes.
María Paula Romo (PAIS), presidenta de la mesa 10 de Legislación, sostiene que los plazos establecidos en las transitorias fueron determinados por las propias mesas.
Para su coideario César Rodríguez, la viabilidad de la Constitución necesita un andamiaje. La prioridad, entonces, es la creación de las leyes que den forma a las instituciones creadas o reformadas. “No hay ninguna trampa”, sostiene.
Pero no necesariamente toda la Constitución necesitará nuevas leyes sino algunas reformas o, si se detecta que algún artículo de las ya existentes es inconstitucional, la Corte Constitucional podrá derogarlo.
En el texto de esa disposición transitoria se indica que el ordenamiento jurídico necesario para el desarrollo de la Constitución será aprobado durante el primer mandato de la Asamblea Nacional; es decir, en cuatro años.
Logroño cuestiona ese plazo, que le parece demasiado largo, pero Romo recordó que en diez años los Congresos que se instalaron luego de la Asamblea de 1998 no aprobaron ni un solo cuerpo legal que permitiera desarrollarla.
Rodríguez dice que hay que considerar que el Congreso tendrá nueva estructura y habrá que esperar a conocer la composición de fuerzas.
Martha Roldós (RED) opina que el bloque de mayoría debió ser honesto con el país y decir, desde el inicio del trabajo constituyente, que también pensaban hacer por su cuenta las leyes orgánicas.
Educadores
De “triunfo” calificó Mery Zamora, presidenta de la Unión Nacional de Educadores, la incorporación de una transitoria en la nueva Constitución para que los maestros puedan acogerse a la jubilación voluntaria y accedan a un retiro voluntario por un monto máximo de 150 salarios mínimos básicos unificados. Adicionalmente recibirá cinco SBU (actualmente llegaría a $ 1.000) por cada año de servicio. Los requisitos que deben cumplir es tener 60 años de edad y 30 de servicio.