Sábado 19 de julio del 2008 Política

Nuevas elecciones y cambio institucional marcan la transición

MONTECRISTI, Manabí

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MONTECRISTI, Manabí. El Régimen de Transición planteado por PAIS detalla las acciones a seguir si gana el Sí en las urnas.

Nuevas reglas solo en el caso que gane el Sí. Escenario para el No es que todos vuelvan.
 
Nuevas elecciones generales, incluido la de Presidente de la República y un Congreso de 124 asambleístas para el periodo mayo 2009-enero 2013 y; cambios provisionales en las instituciones que conforman las cuatro funciones del Estado (a excepción de la Ejecutiva) son los dos objetivos del Régimen de Transición planteados por las cabezas del oficialismo en la Asamblea, en el caso de que el Sí gane en el referéndum. Hasta ayer por la tarde se tenía previsto que los 25 artículos entren a definitivo debate el lunes.

En el plazo de 30 días después de proclamados los resultados se convocará a elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República, 5 representantes al Parlamento Andino, 124 asambleístas (15 nacionales, 103 provinciales y 6 por el exterior), prefectos y viceprefectos, alcaldes, concejales municipales y 5 vocales por junta parroquial.

Todas las autoridades que actualmente están en funciones concluyen sus períodos al momento en que se posesionen las nuevas autoridades electas y los períodos de gestión de estas últimas serán considerados como los “primeros”, es decir, todo arranca de cero, la nuevas autoridades podrán acceder a la “reelección por una sola vez”, contemplada en la nueva Constitución, incluido el Presidente de la República. No se establece a cargo de quién queda la Función Ejecutiva si el mandatario decide candidatizarse, la intención sería que no renuncie.

La reinscripción de los partidos políticos fue descartada por el oficialismo debido a la demora que implicaría y, finalmente, todas las organizaciones políticas y alianzas que participaron en los comicios para la Asamblea podrán presentar sus candidaturas y las nuevas organizaciones deberán presentar el 1% de firmas de adhesión.

Desde estas elecciones, el padrón electoral será ampliado para que jóvenes de 16 años, policías y militares, personas privadas de libertad que no tengan sentencia ejecutoriada y los extranjeros con más de 5 años en el exterior.

En el ámbito institucional se declaran concluidos los períodos de los diputados, principales y suplentes, elegidos el 15 de octubre del 2006 y la creación de una Comisión Legislativa (39 miembros: 24 de PAIS), designada por la Asamblea.

Esa comisión tendrá las atribuciones de la Función Legislativa y la potestad de designación de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social que a la vez conformará las comisiones seleccionadoras para la elección de autoridades y funcionarios en organismos de control y; designará a los representantes de la Función de Transparencia y Control Social.

El Consejo de la Judicatura se reorganizará en 180 días y en 90 más arma la nueva Corte Nacional de Justicia reglamentando concursos para 11 magistrados nuevos y los 10 que obtuvieron las más altas calificaciones; mientras eso sucede, los 10 asumirán una Corte Provisional.

5 días
Asamblea Constituyente  se reinstalará  después de los resultados para conformar la Comisión Legislativa, que funcionará hasta que se elijan y posesionen los nuevos asambleístas (legisladores).

Tiempos previstos
EN RÉGIMEN DE TRANSICIÓN

15 días
Comisión Legislativa conformada iniciará  concurso  para  designar a los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.

30 días
Elecciones generales  se convocarán en ese plazo, que correrá desde la proclamación de  resultados del referéndum.

270 días
Las cortes provinciales de justicia y los tribunales distritales se organizarán.

Disposiciones
DEL RÉGIMEN DE TRANSICIÓN

Si gana el No
Todos los funcionarios vuelven, no se explica cuáles diputados

Solo uno de los 25 artículos que contiene el Régimen de Transición está dedicado por la Comisión Directiva a la posibilidad de que el No gane en el referéndum aprobatorio de la nueva Constitución.

La Disposición Final (art. 25) señala: “Si en el referéndum no se aprueba la nueva Constitución propuesta al pueblo ecuatoriano por la Asamblea Constituyente, termina el receso de los diputados y diputadas, principales y suplentes, elegidos el 15 de octubre del 2006”; ahí queda la duda de si se refieren a los que fueron destituidos o a sus suplentes denominados como “los manteles”.

En el resto de instituciones del Estado asumirán sus cargos para la culminación de los periodos quienes fueron destituidos o encargados por disposición del mandato 01, es decir, volvería Jorge German como fiscal general y Alfredo Vergara como superintendente de Bancos; y la actual conformación de la Corte Suprema de Justicia, el Tribunal Constitucional  y el  Supremo Electoral se mantendría. La oposición insiste en que para el Sí o el No la salida es convocar a elecciones para diputados.

Elección de asambleístas
Los nacionales se elegirán  en plancha, provinciales entre listas

La elección de los quince  asambleístas nacionales se hará por lista (cerrada o en plancha) y no por candidatos  (el mismo mecanismo se usará para parlamentarios andinos, prefectos, alcaldes y Presidente). Los  asambleístas provinciales, concejales y miembros de las juntas parroquiales se harán marcando los  candidatos de una o varias listas (abiertas).

El método de asignación de escaños para los dos casos será el Webster que, según Fernando Cordero (PAIS), presidente de la Asamblea, es el más justo con las minorías; sin embargo, estas no piensan igual. PK, MPD, HN intentan armar un  frente buscando a la RED para oponerse a  ese método que consideran  incrementa la representación del bloque de mayoría (PAIS) y perjudica a las minorías. Quieren  el método D’ Hare.

Pero para el matemático Germán Rojas, de la Politécnica Nacional, el principal problema es el “fraccionamiento” del voto, no se contabiliza el valor de cada fracción y eso produce la inequidad. “Confunden el derecho de la provincia de acuerdo a su población con el derecho individual de cada persona que tiene un voto y debe ser representada por un representante”.

Reelección
De cero arrancará el periodo de dignatarios que se candidaticen
La posibilidad de que el Presidente de la República, los prefectos, alcaldes y demás dignatarios actualmente en funciones sean candidatos no está regulada por el Régimen de Transición, aunque la mayoría ha dejado entrever que el Jefe de Estado no tendría por qué renunciar si se candidatiza.

El argumento se sustenta en que, según las reglas vigentes, las autoridades de los organismos seccionales tampoco tienen que renunciar para ser candidatos; pero la oposición sostiene que lo más lógico sería que renuncie para que no se abuse de los recursos estatales en el tiempo de campaña.

Si no renuncia estaría previsto el encargo, pero no se sabe a quién (las posibilidades son el vicepresidente o el presidente de la Asamblea Nacional).

A más de eso, la propuesta busca que si los actuales prefectos, alcaldes o el Presidente se candidatizan en estas nuevas elecciones adelantadas, esta sea contada como la primera vez, sin tomar en cuenta, en el caso del Jefe de Estado, los dos años que ha estado en el poder, por ejemplo. Esto con base en lo que la nueva Constitución dispone: que los dignatarios puedan ser reelectos por una vez.

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