Miércoles 16 de julio del 2008 Política

Sanción a mala práctica profesional

MONTECRISTI, Manabí

Derechos ampliados.

La mesa 1 de Derechos Fundamentales amplió los derechos de los consumidores. En la Constitución de 1998 solo hay un artículo respecto al tema, y ahora, cinco.

El documento que se trató ayer en segundo debate indica que “toda persona en el ejercicio de su profesión, arte u oficio, será responsable por la mala práctica, en especial aquella que ponga en riesgo la integridad o vida de las personas”.

Rafael Esteves (antes SP) sugirió que se incluya una disposición que eleve la mala práctica médica a delito dentro del Código Penal.

Ese cuerpo legal ya contempla la figura de “homicidio preterintencional por suministro de sustancias” y se indica que hubo intención de dar muerte cuando quien lo hace es un médico, farmacéutico o químico.

En el Código Civil  se reconocen  responsabilidades de otros profesionales, como arquitectos o ingenieros que construyen casas con errores técnicos.

El texto sobre consumidores obliga a personas y entidades  que den servicios públicos a incorporar sistemas de medición de satisfacción del usuario, y de atención y reparación al usuario; y serán civil y penalmente responsables por las condiciones del bien o servicio.

María Molina (PAIS), presidenta de la mesa 1, señaló que muchos de estos temas ya constaban en la Ley de Defensa al Consumidor, que fue elevada a norma constitucional.
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