- JUL. 13, 2008 - Foto - Economía - EL UNIVERSO
La administración estatal de los medios de comunicación del grupo Isaías ha ratificado al personal que todos van a mantener sus puestos, sin embargo, por los diferentes tipos de contratación y beneficios resulta complicado establecer si los términos podrán mantenerse, pues muchos fueron verbales.
En el conglomerado de ocho empresas de comunicación se empleaban cuatro figuras para contratar a los trabajadores: el contrato fijo (que enrola al empleado con todos los beneficios de ley y cumple con, al menos, 40 horas a la semana), el de prestación de servicios (acude a trabajar, pero, en teoría, no se queda todo el día y puede dedicarse a otras actividades), el civil (contrato por horas para trabajos específicos) y el verbal (cuyos términos se negociaban según el grado de confianza).
Así lo admite Francisco Vera, gerente financiero de TC Televisión, quien asegura que, al menos en ese canal, todos reciben –enrolados o no– utilidades y décimos, aunque solo algunos están afiliados al IESS.
Las bonificaciones especiales o beneficios aislados que, aunque no quedaron registrados por escrito, se negociaron con los directivos del canal, deben ser analizados, según Ana María Juez, subsecretaria de Trabajo del Litoral.
“Imagínese que por relaciones personales o de amistad algunos puedan decir hoy que como parte del salario les reconocían otros beneficios. Esos son regalitos. No se puede decir todavía qué se va a hacer porque hay que analizar”, dice.
Enrique Arosemena, administrador estatal de los medios y presidente ejecutivo de Ecuador TV, afirma que ni él conoce todavía la cifra exacta de empleados, pues recién se está levantando un registro para ver la cantidad y los tipos de contrato.
“El contrato verbal es válido, pero lo ideal es tenerlo por escrito. Esperamos deducir o confirmar pagos o acuerdos con base en cheques, transferencias o algún tipo de evidencia”.
Sin embargo, Heriberto Glas, especialista en Derecho Laboral, dice que debió firmarse un acuerdo, independientemente del tipo. “Si tiene su horario completo de trabajo y un valor mensual fijo, pero está como un servicio profesional, eso es ilegal porque es camuflarlo. Debe estar afiliado al Seguro”.