Viernes 11 de julio del 2008 Economía

Dos recursos de amparo en suspenso en juzgados

Hoy se prevé decisión sobre el trámite de pedidos de gerentes de TC y IEM Business.

El Juzgado 31º de lo Civil del Guayas debe resolver si tramita o archiva el recurso de amparo interpuesto la tarde del miércoles pasado por Jorge Kronfle, gerente del incautado TC Televisión, como lo establece el mandato constituyente que se aprobó horas después.

Para hoy se prevé  una decisión sobre esa solicitud que busca dejar sin efecto la incautación hecha el martes por la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) a bienes que eran de los ex accionistas y administradores de Filanbanco.

El pedido de Kronfle  indica que se cometió un acto ilegítimo y que el artículo 29 de la Ley de Reordenamiento en Materia Económica, en la que se basó la AGD, solo es aplicable a los bancos declarados en saneamiento y Filanbanco no estuvo en esa etapa. Ese banco sigue en el proceso de liquidación.

En el Juzgado 28º de lo Civil, en cambio, recayó otro recurso de amparo por los operativos de  la AGD. Lo planteó el gerente de  IEM Business S.A., que consta en el listado de las compañías con orden de incautación que se detalla en la resolución del 8 de julio de la agencia estatal.

José Leonardo Vera Intriago sostiene en su demanda que la AGD ha relacionado a la empresa que representa con Cadena Ecuatoriana de Televisión Canal 10, razón social de  TC,  y  que se dispuso de forma arbitraria y abusiva la incautación, que  califica de confiscación.

Estéfano Isaías, presidente de  Canal 10, dijo desde Miami que no se descarta una demanda, incluso internacional, por la acción de la AGD.

El gerente del canal se adelantó al mandato que blinda las incautaciones, y en el pedido de amparo señala que el juez en ningún caso puede inhibirse y “no son aplicables las normas que se puedan oponer a la acción de amparo ni las que tiendan a retardar su despacho, según el inciso final del artículo 95 de la Constitución”.

El mandato, aprobado con 87 votos a favor, ratifica la validez de la resolución de la AGD para devolver el dinero a los perjudicados por la quiebra del banco y apoya las acciones que emprenda el gerente de la AGD,  consecuencia de la resolución.

También declaró  que la medida no es susceptible de amparo constitucional u otra acción, y si se hubiere interpuesto será inmediatamente archivada. Este punto se agregó a última hora. Los jueces que avocaren conocimiento de un proceso contra la resolución deberán inadmitirlas de plano, so pena de destitución.

DETALLES: Avioneta incautada

DAC
La Subdirección de Aviación Civil confirmó que la avioneta Cessna Conquest Hcbxh incautada por la AGD, no pertenece al Grupo Isaías.

Propietario
La nave, que está en uno de los hangares de la Base Aérea Simón Bolívar de Guayaquil, “pertenece a una compañía cuyo representante legal es el señor (Johnny) Czarninski”, informó Joffre Campoverde, subdirector de la DAC.
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