Miércoles 09 de julio del 2008 | 10:03 Economía

Robert Andrade indicó que aplicación de Ley no ha sido retroactiva

El artículo 29 reformado de la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el área Tributario financiera, aprobada en el 2002, no está siendo aplicado de forma retroactiva en el caso de la incautación de bienes del grupo Isaías.

Así lo indicó esta mañana Robert Andrade, presidente del directorio del Banco Central (BCE), explicando que recién en febrero de este año se asientan las pérdidas, a pesar de que han pasado más de 10 años sin que los anteriores superintendentes de Bancos hayan tomado en cuenta el informe de la auditora Deloitte a ese respecto.

El artículo señalado establece que si los administradores declararon patrimonios técnicos irreales, alteraron cifras de sus balances garantizarán con su patrimonio personal los depósitos de la institución financiera, y que la AGD podrá incautar bienes que son de público conocimiento de propiedad de estos accionistas. La disposición se introdujo  en el 2002, cuatro años después que los hermanos Roberto y William Isaías entregaron el banco a la AGD, y por ello es el argumento de defensa de los ex accionistas. 

En diálogo con Citynoticias (89.3 FM en Guayaquil) Andrade indicó que la Junta Bancaria, en la auditoría de dicho informe, determina que el valor de la pérdida es de $ 661,5 millones e instruye a la AGD para que proceda con la incautación.

Sin embargo defendió el desconocimiento del presidente de la República, Rafael Correa, respecto a esta situación, pues aseguró que los informes de estas medidas y resoluciones fueron comunicadas recién antes de ayer.

El funcionario, también integrante del directorio de la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD), afirmó que en ningún momento se ha tratado de coartar la libertad de expresión, y que la resolución da total confianza a los trabajadores de que no serán removidos de sus cargos.

También detalló que los bienes incautados no han sido quitados de manera real, pues reiteró que irán a un fideicomiso en garantía hasta demostrar a quién pertenecen efectivamente ante la AGD.

Además, defendió lo actuado por la AGD al calificarlo de administrativo, y explicar que la competencia directa en este caso la tiene la Superintendencia de Bancos por ser la entidad de supervisión y control.

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