Principios generales
Art. 1.- Del Régimen de Desarrollo. El Régimen de Desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos, políticos, socio-culturales y ambientales, que garantizan la realización del Buen Vivir, del Sumak Kawsay.
El buen vivir requiere que las personas, comunidades (*) y nacionalidades gocen efectivamente de sus derechos y libertades, y ejerzan responsabilidades en el marco de la interculturalidad, del respeto a sus diversidades, y de la convivencia armónica con la naturaleza.
(*) El asambleísta Germánico Pinto solicitó en la sesión del Pleno Nº 44, se incluya la palabra "pueblos" después de la palabra "comunidades".
Votos a favor: 81
Art. 2.- Objetivos del régimen de desarrollo.
a) Mejorar la calidad y esperanza de vida y aumentar las capacidades y potenciales de la población en el marco de la igualdad, libertad, interculturalidad, equidad de género, responsabilidad intergeneracional, cohesión e integración social y territorial.
b) Construir un sistema económico, justo, democrático, productivo, solidario y sostenible basado en la distribución igualitaria y equitativa de los frutos del desarrollo, de los medios de producción y en la generación de trabajo digno, estable y justo.
c) Fomentar la participación y el control social, reconociendo las diversas identidades y promoviendo su representación equitativa, en todas las fases de la gestión y del poder público.
d) Recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable garantizando a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad: al agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural.
e) Garantizar la soberanía nacional, promover la integración latinoamericana e impulsar una inserción estratégica en el contexto internacional, contribuyendo a la paz y a un sistema democrático y equitativo mundial.
f) Promover un ordenamiento territorial equilibrado y equitativo que integre y articule las actividades socioculturales, administrativas, económicas y de gestión, garantizando la unidad del Estado.
g) Proteger y promover la diversidad cultural y respetar sus espacios de reproducción e intercambio; recuperar, preservar y acrecentar la memoria social y el patrimonio cultural.
Votos a favor: 89
Art. 3.- Para la consecución del buen vivir, son deberes generales del Estado:
a) Garantizar los derechos fundamentales de las personas, las colectividades y la naturaleza.
b) Dirigir, planificar y regular el proceso de desarrollo.
c) Generar y ejecutar las políticas públicas y controlar y sancionar su incumplimiento.
d) Producir bienes, crear y mantener infraestructura y proveer servicios públicos.
e) Impulsar el desarrollo de las actividades económicas mediante un orden jurídico e instituciones políticas que las promuevan, fomenten y defiendan a través del cumplimiento de la Constitución y la ley.
f) Promover e impulsar la ciencia, la tecnología, las artes, los saberes ancestrales y en general las actividades de la iniciativa creativa, comunitaria, asociativa, cooperativa y privada.
Votos a favor: 92
Art. 4.- Para la consecución del buen vivir, a las personas y a las colectividades, y sus diversas formas organizativas, les corresponde:
a) Participar en todas las fases y espacios de la gestión pública y de la planificación del desarrollo nacional y local, y en la ejecución y control del cumplimiento de los planes de desarrollo en todos sus niveles.
b) Producir, intercambiar y consumir bienes y servicios con responsabilidad social y ambiental.
Votos a favor: 94