Viernes 27 de junio del 2008 Política

Ministro alista revisión de los contratos colectivos públicos

QUITO

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En la marcha del pasado 1 de mayo, trabajadores de organizaciones sindicales pidieron respetar sus conquistas laborales.

Mandato 8.

El ministro de Trabajo, Antonio Gagliardo, anunció en un comunicado que la próxima semana dictará las regulaciones para iniciar la revisión de los contratos colectivos del sector público, en cumplimiento con el mandato 8, aprobado por la Asamblea Constituyente.

El primero en examinarse será el de Petroecuador, le siguen el de las empresas telefónicas (Andinatel, Pacifictel) y el de las eléctricas (distribuidoras, generadoras y transmisora).

Diego Cano, dirigente sindical de Petroecuador, no teme la revisión. “No existen beneficios económicos adicionales, pues durante los últimos cinco años estos han desaparecido”.

El mandato 8 ordena restringir las cláusulas que consagren excesos y privilegios.

Entre los beneficios vigentes se encuentra  la transmisión de cargos a familiares o el pago de horas extras a dirigentes laborales, aun cuando no han trabajado.

Édgar Ponce, representante de los trabajadores eléctricos, tampoco teme en la regulación de los contratos colectivos, “porque los medios de comunicación nos han endosado una gran cantidad de cosas que no tenemos”.

Ponce consideró que este es el momento oportuno de aclarar “la mentira de los beneficios excesivos”.

Cano recalcó que en la estatal petrolera no existen prebendas como, por ejemplo, puestos hereditarios ni pago de vacaciones a familiares de los trabajadores, y afirmó que el seguro familiar es compartido entre la empresa y el empleado. Tampoco existen  bonos adicionales a los décimos tercero y cuarto sueldos; los que se entregaban por cumplimiento empresarial desaparecieron en el 2003.

Ratificó que su sindicato está de acuerdo en la revisión de los contratos, pues se demostraría que los sueldos dorados (en la estatal) “son un mito, algo que no pasa con otras instituciones que, sin generar riqueza, tienen salarios más elevados”.

Gagliardo manifestó que las cláusulas de los contratos colectivos en donde consten  beneficios desmedidos “son nulas”.
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