- MAY. 31, 2008 - Foto - Política - EL UNIVERSO
MONTECRISTI, Manabí. Marlon Santi de la Conaie (d) en la mesa 1, junto a la asambleísta Mónica Chuji (PAIS).
Desde el pasado 8 de mayo está vigente el Decreto Ejecutivo Nº 1040, que define el procedimiento de “participación social” de las comunidades en actividades o proyectos que generen impacto ambiental, reglamentando artículos (28 y 29) de la Ley de Gestión Ambiental.
La Corporación Ecolex ve la acción como un retroceso en materia de legislación ambiental, a cambio de “las ventajas” que podría representar en términos económicos la ejecución de dichos proyectos.
“La posición gubernamental es evitar a toda costa que tanto en la nueva Constitución como en la normativa actualmente vigente pueda darse paso a que haya consultas cuyos resultados sean de aplicación vinculante”, dijo Patricio Hernández, integrante de Ecolex.
Recuerda que el derecho a la consulta previa fue reconocido en la Constitución de 1998 y regulado en el 2006 con el Decreto Nº 1897 (derogado con la nueva reglamentación) y son contemplados en instrumentos internacionales que el Ecuador ha suscrito, como el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT).
El proyecto busca eliminar las “trabas” que hay para ejecutar proyectos hidrocarburíferos, hidroeléctricos y mineros, “que van a generar tensión con las comunidades”, agregó.
Y es que, según el artículo 22 del decreto, si después de cumplir con el procedimiento de participación social, los indígenas o cualquier comunidad se oponen a la ejecución de actividades que generen impactos ambientales, estos no podrán llevarse a cabo “a menos que la autoridad competente insista en su realización, (y) será resuelto por instancia superior”.
El artículo 9 estipula que la incorporación de criterios de la ciudadanía, especialmente la población afectada, serán considerados e incorporados, “siempre y cuando sea técnica y económicamente viable”.
La organización, desarrollo y aplicación de los mecanismos de participación social estarán a cargo de las instituciones y empresas del Estado.
La participación social es un “esfuerzo tripartito”: Estado, ciudadanía e interesado; dentro del área de influencia, se considerará la participación de las autoridades de gobiernos seccionales, juntas parroquiales, organizaciones indígenas, afroecuatorianas o comunitarias y las personas que allí habiten.
El decreto es firmado por Rafael Correa, presidente de la República; Marcela Aguinaga, ministra de Ambiente; Alecksey Mosquera, ministro de Electricidad y Energía Renovables; y Galo Chiriboga, ministro de Minas y Petróleos.
La expedición del documento se da en momentos en que la mesa 5 de Recursos Naturales de la Asamblea discute la vialidad del consentimiento previo vinculante y se produce una ruptura al interior de PAIS, entre la posición de Mónica Chuji, asambleísta de ese bloque, y la del presidente Correa.