- MAY. 21, 2008 - Foto - Política - EL UNIVERSO
Los ciudadanos tendrán la potestad de pedir la convocatoria a una consulta popular para ratificar algún tratado o instrumento internacional que involucre temas específicos tras el cumplimiento de requisitos que se incluirán en la nueva Constitución o la Ley, según uno de los nueve artículos aprobados ayer en el pleno.
Estos textos constitucionales fueron planteados en dos grupos por la mesa 9 de Soberanía. El primero abarca dos artículos sobre las reformas en torno a los principios de las relaciones internacionales. El segundo, que consta de siete artículos, detalla el nuevo ordenamiento jurídico para la firma de tratados internacionales.
Las reformas incluyen además que un tratado o instrumento internacional solo podrá ser ratificado por el Presidente de la República, diez días después de que haya sido notificada la Asamblea (Función Legislativa) de su contenido.
También se aprobó con 91 votos que “no se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas”.
Aunque de esta última disposición se exceptúan los tratados que establezcan la solución de controversias entre estados y ciudadanos en Latinoamérica por instancias arbitrales regionales o por órganos jurisdiccionales de designación de los países signatarios.
La mayoría oficialista se opuso también a que en la nueva Carta Magna se incluya una condena explícita al terrorismo, pese a que se hicieron propuestas en ese sentido como la planteada por el asambleísta Luis Hernández (RED).
Lo que sí acogieron fueron las observaciones en torno a rechazar el racismo y la xenofobia; y ratificaron un rechazo frontal al “imperialismo, colonialismo” y lo que llamaron “neocolonialismo”. Estos nueve artículos se suman a los 48 ya aprobados por la Asamblea.
DETALLES: Lo aprobado
Temas
El primer mandatario requerirá la aprobación de la Función Legislativa para ratificar tratados internacionales que se refieran a límites y territorios, impliquen la modificación de alguna ley, establezcan alianzas políticas y presencia de tropas extranjeras.