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En Carta Magna se elimina todo tipo de cobro de tasas judiciales

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MONTECRISTI, Manabí. Con 101 votos los asambleístas aprobaron el miércoles en la noche el no cobro de tasas judiciales.
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Mayo 09, 2008

MONTECRISTI, Manabí

La medida es parte del principio de gratuidad que consta en los artículos sobre la Función Judicial.

El Pleno de la Asamblea eliminó la noche del miércoles el pago de las tasas judiciales que se exige previo a la presentación de una demanda en las áreas civiles, mercantiles y tributarias.

La medida forma parte del principio de gratuidad contemplado en el artículo 5 de los textos sobre los principios generales de la Función Judicial.

La norma, que se aprobó con 101 votos, establece que “el acceso a la administración de justicia es gratuito”, lo que implica, por ejemplo, que se deja sin efecto la cancelación de los 10 o 50 dólares obligatorios en los casos de divorcio, cuando se trate de mutuo acuerdo o litigioso, respectivamente.

El asambleísta Rafael Esteves (ex SP), quien defendió la tesis de la gratuidad en el debate, sostiene que esta norma es un cambio trascendental en la nueva Constitución, y difiere de la vigente Carta Magna de 1998, donde se citan excepciones.

“En el texto presentado por la mesa 8 de Justicia, las excepciones permanecían, pero al final se tomó en consideración las observaciones que planteé basado en que no puede haber diferencias entre pobres y ricos, pues la ley no admite discriminación”, expresó.

Así, los juicios civiles de posesión (bienes inmuebles) prescripción adquisitiva de dominio (ganar o perder derechos sobre bienes), obra nueva, impugnación de paternidad, excepciones (deudores acuden a la justicia para evitar pago en coactivas), y por daño moral, ahora no tendrán valor inicial.

Actualmente estos rubros se pagan de acuerdo con la cuantía establecida en el Reglamento de Tasa Judicial, que señala que por este concepto el usuario judicial podrá pagar hasta un máximo de 10 salarios mínimo vitales, es decir $ 2.000.

Estos valores son administrados por el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) para mejoras en la Función Judicial.

Sin embargo, el vicepresidente de la Asamblea, Fernando Cordero (PAIS), expuso en el pleno estadísticas que revelan que el aporte que ingresa a la Administración de Justicia por concepto de tasas es mínimo. Puso de ejemplo que en el 2004 el presupuesto de la Justicia fue de $ 140 millones. “El Estado puso $ 135 millones”, aseveró.

Alberto Acosta (PAIS), presidente de la Asamblea, destacó la decisión, pero aclaró que si bien se eliminan las tasas, la ley establecerá costas  procesales para los diferentes juicios.

“Seguramente lo que se obtuvo por tasas para acceder a la justicia no alcanzaba para pagar la jubilaciones de los magistrados”, manifestó.

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