Educación, salud, vivienda, vestimenta y alimento serán los rubros que los ciudadanos podrán deducir del pago de sus impuestos. Así lo establece el nuevo reglamento de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, difundido ayer por el Servicio de Rentas Internas (SRI) y firmado por el presidente de la República, Rafael Correa, el lunes pasado.
De acuerdo al documento, se considerarán como gastos de educación la matrícula y pensión en todos los niveles (inicial, básica, bachillerato y superior). También la colegiatura y los cursos de actualización.
Además, se podrán deducir impuestos de los gastos de útiles y textos escolares, materiales didácticos y uniformes.
Se puede descontar impuestos de los honorarios de médicos, así como los servicios prestados por clínicas, hospitales, laboratorios y farmacias.
En cuanto a los gastos de alimentación, son deducibles de impuestos las compras de alimentos para consumo humano, las pensiones alimenticias y las compras realizadas en centros de expendio de alimentos preparados.
El reglamento ratifica que la deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos gravados del contribuyente.
La nueva normativa también establece la operatividad del Régimen Impositivo Simplificado, las normas de aplicación del Impuesto a los Consumos Especiales, la devolución de Impuesto al Valor Agregado, entre otros.
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