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Retroactividad es ‘inaplicable e inconstitucional’ |
Mayo 05, 2008
“Los trabajadores intermediarios que han sido despedidos a partir del 1 de marzo del 2008 serán reintegrados a sus puestos de trabajo”, dice el mandato 08 en las disposiciones transitorias.
Para Pilar Moncayo, presidenta de Fedehumana, esta disposición es “inaplicable, inconstitucional, ninguna norma tiene carácter retroactivo”.
Asimismo, en el mandato dispone que los trabajadores serán asumidos de manera directa por las empresas. Sobre este punto, la dirigente aseguró que a ningún empresario se le puede obligar a contratar con un año de estabilidad. “¿Por qué no se estableció la misma norma para el sector público?”, señaló Moncayo.
Manifestó que muchas empresas requieren de trabajadores eventualmente para una obra o un servicio en la construcción, en la agricultura, en la pesca.
Asimismo, para realizar el traspaso de empleados a la usuaria aseguró que se debería definir una “transitoriedad del cambio de las intermediarias a las usuarias, con lo que implica establecer las nuevas condiciones del trabajo, sin los beneficios que tenían los trabajadores en las intermediarias”.
Mientras tanto, las empresas de tercerización e intermediación laboral buscan en otros negocios una nueva oportunidad de trabajo.
Ecuaservimundo está armando una compañía consultora de recursos humanos para no dejar sin trabajo a las 30 personas de su nómina. Entratent, por su parte, no sabe con exactitud a qué se va a dedicar ahora.
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