jueves 21 de febrero del 2008 Columnistas

Las nuevas regiones

Quiero referirme al Decreto Nº 878 mediante el cual la Senplades, basándose en el artículo 254 de la Constitución divide al Ecuador en ocho regiones –Guayas forma  parte de la Región 5 junto con las provincias de Santa Elena, Los Ríos y Bolívar– a efectos de la planificación estatal. No voy a criticar la planificación estatal ahora, que en su caso es necesaria para sectores estratégicos pero siempre con criterios restrictivos. Lo que sí quiero tratar son las implicaciones de esta división territorial que podría ser un claro aviso de la visión del Gobierno en materia de organización territorial del Estado.

La Senplades es el órgano encargado por el Gobierno para hacer los estudios respecto de este tema. Fruto de este encargo se presentó un documento con poco rigor técnico y académico que parece promover una descentralización obligatoria impuesta por técnicos-burócratas que a primera vista se puede pensar tienen la intención de hacer fracasar el modelo para desprestigiarlo y botarlo –por usar una expresión en auge– al tacho de la basura de la historia.

¿Bajo qué criterios decidieron esta división? ¿Quiénes –y si pueden alcen la mano– son los clarividentes que impusieron una división de ocho regiones al Ecuador? ¿Por qué no cinco, diez o quince regiones? ¿Cómo así Guayas está en la región 5, con Los Ríos y Bolívar, y no con El Oro o Galápagos? Es precisamente este debate innecesario lo que se quiere evitar con la aplicación del principio dispositivo en las autonomías, dejando a los entes locales –cantones y provincias– la posibilidad de unirse libremente para formar nuevas regiones autónomas en aras de gestionar sus intereses regionales. Está claro que es necesario poner límites a estas asociaciones voluntarias para evitar una megarregión autónoma que incorpore a territorios que descompensen un equilibrio territorial, pero este eventual panorama no debe ser evitado con una división regional impuesta, arquitectónica y maquiavélica, sino con la imposición de límites máximos que eviten esta descompensación territorial.

Guayas y El Oro, por citar un ejemplo, deben tener la posibilidad y la libertad de formar parte de la misma región si así lo decidieren sus gobernantes y esta decisión es aprobada por sus ciudadanos. Si la regionalización propuesta por la Senplades se mantiene en el modelo de organización territorial del Gobierno, los entes locales se verían imposibilitados de unirse con aquellos que tienen afinidades y obligados a juntarse con aquellos que desde la Senplades nos imponen. Organización absurda que solo tendrá como consecuencia una profundización de la división del país y el agotamiento de un modelo que otorga un canal efectivo de progreso y desarrollo.

Es penoso que ciertos artículos de la Constitución sirvan para centralizar el poder, pero aquellos que permiten y garantizan la descentralización son vulnerados e ignorados, como si su aplicación fuese aleatoria y sujeta al análisis particular del funcionario público. El más grande y absurdo retroceso en la historia del constitucionalismo ecuatoriano ha sido pretender que la vigencia de la Constitución se produce tras un análisis artículo por artículo por parte del gobernante de turno de aquellos preceptos constitucionales que le favorecen su agenda política, decidiendo cuáles aplica y cuáles vulnera o ignora. Al muy propio estilo de la anterior partidocracia que todos repugnamos.

*Investigador de la Universidad de La Coruña.
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