Según información de prensa, usted ha solicitado a la señora Ministra de Desarrollo Urbano, mediante oficio 189, de 23 de enero de 2008, le informe sobre la disponibilidad de ese Ministerio para ejecutar, entre otras, obras de regeneración urbana en Montecristi, calle 23 de Octubre, desde la 9 de Julio hasta la Aníbal San Andrés. Sin embargo, de forma permanente el presidente Correa ha criticado al alcalde Nebot por este tipo de obras, a las que ha calificado de oropel (cosa de poco valor y mucha apariencia): “habrá que ponerse de acuerdo para vigilar el buen uso (de los recursos del petróleo), a fin de que no destinen a obras de oropel sino que se dediquen a agua potable, alcantarillado, trabajos fundamentales para cada uno de los cantones”.
Su pedido, que hubiera merecido cientos de críticas si las hubiese realizado algún diputado, contrasta con las críticas del Presidente a este tipo de obras, que ahora resultan buenas cuando su gobierno las ejecuta, pero que son censuradas cuando las hacen sus opositores.
Algo parecido a lo que ocurre con las fundaciones. Ustedes, de forma permanente las critican, pero al mismo tiempo impulsan las compañías de economía mixta “a dedo”, sin concurso, para las grandes obras petroleras, pese a que el régimen jurídico es similar, con la única diferencia de que las fundaciones tienen más controles que las compañías de economía mixta.
¡Qué impresionante falta de coherencia!
Además, su pedido encierra una violación no solo a los artículos 135, segundo inciso, y 232 de la Norma Suprema, que prohíbe tramitar partidas y asignaciones discrecionales, sino también al artículo 7 del propio Reglamento de Funcionamiento de la Asamblea dictado por ustedes el 11 de diciembre de 2007, lo cual lo sitúa en la delicada situación contemplada en el artículo 18 del Reglamento indicado, titulado ‘De la pérdida de la condición de asambleísta’, según el cual, “perderán su condición de asambleísta principal (…) 4. Los y las asambleístas que tramiten o administren recursos del Presupuesto General del Estado…”.
Como resulta evidente, su pedido a la señora Ministra no tiene ninguna relación con el funcionamiento de la Asamblea Constituyente, por lo cual, por gestionar partidas, su destitución debiera ser inminente… si viviéramos en un Estado de derecho. La realidad, sin embargo, nos dice lo contrario, no solo porque tal como ha sostenido como que si nada el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, en Ecuador no existe Estado de derecho, sino porque como resulta incuestionable, para los fines de la revolución, la ley es un estorbo, sin importar si la ley procede de la propia Revolución Ciudadana. Lamentablemente, una vez más, no pasará nada. Total, en una reciente entrevista con José Toledo usted ha señalado que la asunción de los plenos poderes por parte de la Asamblea (es decir, el golpe de Estado Constituyente del 29 de noviembre, que inobservó el Estatuto aprobado por los ecuatorianos el 15 de abril de 2007), es un tema superado.
Recuerde usted que el Poder no es eterno y que los funcionarios rinden cuentas toda su vida.