En el año 2001 señalé, en una demanda de inconstitucionalidad en contra de una resolución de la Corte Suprema de Justicia, que pretendía restringir –al igual que ahora el presidente Rafael Correa– la institución del amparo constitucional, que la democracia dejó de ser el sistema en el cual se impone la decisión de la mayoría para convertirse en el sistema que permite la búsqueda de consensos, y que precisamente el principal consenso de una sociedad es su Constitución, que no es otra cosa que el instrumento jurídico que recoge los legítimos intereses de los diferentes sectores sociales de un Estado.
Lo anterior implica que una Constitución no es tal si no constituye el resultado de un gran acuerdo social, que no debe ser excluyente y que en modo alguno puede perennizar la supremacía de un grupo por sobre los demás. Obrar con exclusión deslegitima el acuerdo y condena a una sociedad a vivir en permanente conflicto, con lo cual la paz social se ve amenazada. Ejemplos cercanos los tenemos en Venezuela y en Bolivia, países que, desde esta óptica, carecen de Constitución.
La reciente multitudinaria marcha de Guayaquil constituyó una evidente demostración de que el conjunto de principios, valores, cultura, tradiciones y el sentir de decenas de miles de residentes en la ciudad no están siendo considerados por la Asamblea Constituyente, que luego del golpe de Estado del 29 de noviembre del 2007 ha instaurado en el Ecuador un régimen de facto con la complicidad del Tribunal Constitucional, convertido en sucursal de Carondelet.
Esta visión distinta de miles de ecuatorianos, llamada a plasmarse en el anunciado ‘Mandato de Guayaquil’, que ha sido absurdamente menospreciada por el Presidente de la República en una evidente demostración de ceguera infantil derivada de su soberbia, es una magnífica oportunidad para convertirse, estructurada jurídicamente, en la Constitución de Guayaquil, pero no con la finalidad de conformar otra república, sino como un imperativo para mantenernos unidos y evitar el descalabro absoluto y desintegración de la nación.
Esta Constitución de Guayaquil, que debería ser aprobada en una urgente consulta local, debe constituir el covenant o alianza fundamental de la que hablaba el profesor Daniel Lutz en su célebre obra Origins of American Constitucionalism, cuyo carácter incluyente debe constituir el antídoto para la “tiranía de las mayorías” a las cuales se refería James Madison, responsable intelectual de la Constitución de los Estados Unidos de 1787 y sustentar el sistema de pesos y contrapesos, concebido originalmente para evitar el proceso recíproco de opresión entre mayorías y minorías planteado por Hamilton, que desembocó en el sistema de división de poderes.
La Constitución de Guayaquil debe ser así un documento al alcance de todos, entendible por todos, cuya fortaleza derive de su origen ciudadano y de su finalidad: alcanzar el máximo bienestar posible para todos, en un régimen de inclusión social, pluralismo político, respeto a la diversidad, autonomía solidaria y voluntaria, reconocimiento de las libertades, seguridad personal y jurídica, defensa de la paz, separación de poderes y democracia representativa, en un marco de integración con la indisoluble nación ecuatoriana.