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En Ecuador las decisiones tienen vigencia inmediata

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MONTECRISTI, Manabí. El instructivo propuesto por Acuerdo PAIS fue aprobado mayoritariamente por el bloque del oficialismo.
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Diciembre 09, 2007

Una encuesta de Cedatos da cuenta de la dualidad que enfrenta la población. El 59% de los consultados (1.167 personas en diez ciudades del país, entre el 30 de noviembre y 1 de diciembre) considera que la Asamblea Constituyente, instalada el pasado 29 de noviembre, “asumió poderes dictatoriales al dictar resoluciones fuera del estatuto aprobado en consulta popular el 15 de abril y haber cerrado el Parlamento”.

Sin embargo,  el 62%  aprueba, en general, sus primeras actuaciones y el 52% respalda que se pueda destituir a cualquier persona, como ocurrió con el Fiscal y el Superintendente de Bancos, cuyos reemplazos –Washington Pesantes y Gloria Sabando– fueron propuestos por el presidente Rafael Correa, admitieron asambleístas de Acuerdo PAIS.

Polibio Córdova, director de Cedatos, dice que, si bien los índices de aprobación de la Asamblea son altos, no corresponden al 82% que obtuvo la consulta de abril. “La Asamblea tiene el reto de mantener su credibilidad que hoy llega al 52%, más baja que la del presidente con el 62%”.

PAIS –que llegó  al Gobierno sin presentar candidatos para el Congreso y con la Asamblea como principal oferta de campaña– dice que hay una contradicción entre  los artículos 1 y 23 del  estatuto que el propio régimen redactó  –aprobado en   consulta   con el  80% de votos– y que debía normar el  funcionamiento de la Constituyente. Ese es, hasta ahora,  el principal punto de discordia entre  gobiernistas  y la oposición, pues –según este último sector– se irrespetó el texto aprobado en las urnas.

El primer apartado señala que “la transformación del marco constitucional y la nueva Constitución solo entrarán en vigencia con la probación, en referéndum, de la nueva Constitución”. El artículo  23 indica que una vez aprobada  la nueva Constitución se  convocará a un referéndum para que el pueblo la apruebe o rechace. Como    no se dice  nada sobre las reformas al marco institucional surge la polémica.   
Para  los asambleístas Mae Montaño (UNO) y Pablo Lucio Paredes (MFY), no existía ninguna contradicción, aunque Virgilio Hernández (PAIS), presidente de la Comisión de Plenos Poderes, se mantiene en esa posición. “En todo caso,  a la misma Asamblea le correspondía interpretar, pero la oposición de manera alegre se olvida del artículo 23”, afirma Hernández.  

Para León Roldós (RED), más importante es la instauración de  mandatos constituyentes. “Si la Asamblea  asumió la competencia legislativa, que entonces esa sea la vía, debe actuar por intermedio de leyes que puede expedir y no por estos mandatos ‘supralegales’   que se toman por decisión de la mayoría (...) Es una forma dictatorial de actuar  que nada abona al orden jurídico”.

 Pero ya desde la campaña presidencial y en el ejercicio del poder, el Gobierno  se ha movido entre dos discursos, dice Montaño. El 6 de abril, por ejemplo, días antes de la consulta que definiría la instalación de la Asamblea, defendió la permanencia del Congreso.  “La Asamblea, que debe ser de plenos poderes, no debe disolver el Congreso, lo que sí puede es limitar las funciones”, aseguró Correa, pero días más tarde –cuando ganó  el Sí en  la consulta–   repitió que todos los diputados  deben irse.

El Tribunal Constitucional (TC) –cuyo presidente, Patricio Pazmiño, militó en PAIS e, incluso, integró  la comisión que redactó el estatuto– determinó, el 5 de julio, que el límite de  la  Asamblea sería  la redacción de la  Constitución.  Los plenos poderes  –estimó–  no incluyen la facultad para designar funcionarios o dictar leyes, pues sería arbitrario y concentrador del poder.  En la práctica, ocurre.

 Pero Hernández señala que, pese a que algunas decisiones tienen vigencia inmediata, como el cambio de autoridades de control, en caso de ganar el No en el referéndum de la nueva Constitución, las cosas vuelven a su curso. Para explicarlo, echa mano de un escenario que al 82% que respaldó  el cambio podría resultarle tenebroso. “No significará  el regreso de los mismos funcionarios. Significará que si, en el supuesto no consentido, la gente prefiere  quedarse con la Constitución de 1998, la partidocracia tendrá que volver a escoger a sus autoridades con los métodos que instauró”.


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