Jueves 27 de septiembre del 2007 Cartas al Director

Elecciones y Asamblea III

Este es un tema para la próxima Asamblea: en casi todas nuestras constituciones se ha proscrito la insolvencia fraudulenta, reprimiéndola y privando de los derechos políticos a los individuos que en sus actividades “productivas” resulten declarados en estado de insolvencia o quiebra fraudulenta; esto es, aquella que sanciona los  artículos 576 al 579 del Código Penal, con pena de reclusión de hasta seis años.

La importancia que la Carta Magna le confiere a ese tipo de delincuentes de cuello blanco que en sus actividades ilícitas engañan a acreedores, proveedores y a cuantas personas se cruzan en su camino, manipulan y maquillan libros contables para evadir tributos, obligaciones laborales, y en que  general afectan a la economía nacional; en la legislación secundaria no guarda coherencia y se han fabricado “cuerpos legales” a título de “salvatajes”, para estimular este tipo de atracos y favorecer a empresarios deshonestos e ineptos, asumiendo el Estado sus graves perjuicios.

El artículo 26 de la Constitución Política de la República vigente debe mantenerse, pero sin limitarse a proscribir la insolvencia fraudulenta, privándose de los derechos políticos a los deudores fraudulentos; sino que esta norma debe ser mucho más estricta, y con jerarquía constitucional prohibir que se legisle en beneficio de este tipo de atracadores, como ya ocurrió en la mitad de la década de los años ochenta con la “sucretización”, y a fines de la década del noventa con el “feriado bancario”. La impunidad para esta clase de delitos no solo produce inseguridad jurídica, ahuyentando la inversión extranjera que reclaman los empresarios, sino que generan traumatismos en el sistema económico y social del país.

Víctor Hugo Castillo Villalonga,
doctor, Guayaquil

La propuesta del presidente, economista Rafael Correa, sobre el nuevo Banco Central (BC) que desea que nazca de la Asamblea Constituyente, está totalmente fuera de los éxitos que vivieron cada uno de los países europeos antes de que acogieran al euro como moneda regional.

Lo que nos llevó a la dolarización es precisamente aquella estructura del BC que el Presidente ha hecho mención en su propuesta de Constitución: un BC dependiente de los recursos y decisiones del Ministerio de Economía. La Carta Magna de la Constituyente de 1998 expresa  en el artículo 262 que el presidente de la república propondrá a los miembros del directorio del BC y el Congreso, deberá efectuar la designación. Mediante este mecanismo el poder real que ha subordinado al Estado, el cartel de la banca, se las ha arreglado para que vayan sus obreros más notables pero también más fieles, para que respondan a sus intereses: la especulación y la desintegración de la competencia.

La evidencia europea nos dice que el BC de Alemania, el Bundesbank, se caracterizó por ser uno de los bancos centrales más independientes del mundo, y lograr uno de los mejores récords en combate a la inflación. La independencia de un BC se caracteriza por que las decisiones de su directorio requerirán del visto bueno o la aprobación del gobierno de turno; la Constitución o Ley Suprema debe establecer los objetivos del BC y este debe tener la plena libertad para escoger los instrumentos que sirvan para alcanzarlos; periodo de funciones de los directivos bastantes extensos, para aislar al BC de presiones políticas; el nuevo BC no puede conceder créditos al gobierno de turno, excepto en una emergencia por conflicto bélico o desastre natural; el BC debe disponer su presupuesto y generar sus recursos propios y sus funcionarios no deben haber sido funcionarios de la banca privada o del sector exportador o importador, durante un periodo determinado antes de que asuman su cargo.

La próxima Asamblea Nacional Constituyente debe crear una disposición transitoria en la que explique que en caso de que se instituya una moneda común en el marco de la integración latinoamericana, podrá adoptar la moneda que sea objeto de un tratado que suscriba la república.

Gonzalo J. Paredes,
economista, Guayaquil

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