Grupos de mujeres plantean incluir el derecho a “decidir sobre sus cuerpos”.
Tras su movilización social y su cabildeo con las siete mujeres (de 70 miembros en total) que integraron la Asamblea Nacional Constituyente de 1997, las organizaciones de defensa de género consiguieron que la Carta Magna incluyera buena parte de sus propuestas sobre los derechos sexuales y reproductivos.
Los numerales 2 y 25 del capítulo 23 de la Constitución señalan que el Estado garantizará a las personas la integridad personal y a tomar decisiones libres y responsables sobre la vida sexual. Y el artículo 39 dice que el Estado respeta el derecho a decidir sobre el número de hijos que se puedan procrear, alimentar y educar.
El ejercicio de aquellos derechos, sin embargo, es parcial, expresa la directora del Consejo Nacional de Mujeres (Conamu), Rocío Rosero.
Ella refiere algunas cifras para reafirmar su opinión: el 77,9% de las muertes maternas ocurrieron por causas obstétricas directas y, de ellas, el 20% corresponde a niñas y adolescentes; mientras que el 7% de mujeres de 15 a 49 años reporta que alguna vez fue violada y el 48% no utiliza métodos anticonceptivos.
Esto ocurre, en ciertos casos, por razones culturales: “El cuerpo de las mujeres es un territorio controlado por los hombres”.
En otros, por incumplimiento de las leyes ya existentes, como la de Maternidad Gratuita, que protege a las madres y a sus hijos hasta los 5 años, o el Código de la Salud, que obliga a los centros de Salud a practicar abortos en los casos que especifica el Código Penal; esto es, cuando la salud de la madre o del niño está en peligro, o cuando el embarazo es producto de una violación a una demente.
En la Comisión de Juristas del Consejo Nacional de Educación Superior (Conesup) que elabora un proyecto de Carta Magna, reposan por lo menos quince propuestas de los grupos de mujeres sobre derechos sexuales y reproductivos.
La Asamblea de Mujeres de Pichincha, por ejemplo, pide que el artículo 23 incluya el derecho de las personas “a decidir sobre su propio cuerpo”.
Su propuesta se complementa con el pedido de modificar el artículo 49: “El Estado garantizará el derecho a la vida de los niños y adolescentes desde su concepción”. Para Solanda Goyes, directora del grupo, no está comprobado científicamente que la vida comience en ese momento.
La Red Nacional de Organizaciones Pro Vida y Familia solicita, en cambio, “eliminar toda práctica abortiva, eugenésica, eutanásica, mutilante o que manipule la vida humana”.
Y exigen respetar el derecho de la objeción de conciencia, refiriéndose a los médicos que se niegan a hacer abortos en los casos que contempla la ley.
La presidenta del Conamu, organismo que efectuó una ‘Preconstituyente desde las mujeres’, piensa que la Constitución no es la norma que debe regular la práctica del aborto sino que le corresponde a las leyes plantear los casos en que este puede realizarse; de ahí que algunas agrupaciones pidan que se incrementen las causales para practicarlo, como por ejemplo, los delitos sexuales.