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El 60% de déficit en leyes para aplicar la Carta Magna vigente

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Mayo 27, 2007

QUITO

A partir de la aplicación de la nueva Carta Magna, “el Congreso debió aprobar al menos unas cien leyes complementarias (que hagan práctica la norma constitucional), pero de estas hay al menos un déficit del 60%”, reconoció el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Congreso, Carlos González (ID).

Es así como de las 46 disposiciones transitorias con las que se imprimió la 19ª  Constitución del país, y que determinaban un plazo para que ciertas leyes fueran redactadas, solo se cumplió en tres casos: el Código de Ética del Congreso, la Ley de Educación Superior y la Ley de Seguridad Social; pero las dos últimos se elaboraron tan tarde que después fueron declaradas inconstitucionales parcialmente.

Según el constitucionalista Marco Albuja, director de la Fundación Lexis, el problema ha sido que el Parlamento se ha dedicado a legislar para “apagar fuegos” y modificar ciertos artículos (partes) de las leyes en vigor, pero prácticamente dejó en el olvido el trabajo sobre leyes orgánicas.

Según cifras de Lexis, 2.300 proyectos de ley (orgánicas, reformas, modificaciones de artículos) han presentado los diputados desde 1998 desde las comisiones, pero la efectividad en su tratamiento es del 2%.

En Colombia, tras la aprobación de la nueva Constitución en 1991, iniciaron la “refundición normativa”, que consistió en agrupar a las leyes por temas y eliminar a las que se oponían a la norma constitucional.
Si se pone en práctica en el Ecuador, habría que revisar 11.214 normas con carácter de ley que están vigentes.

Albuja a modo de juego calculó que si se pudiera confrontar el presupuesto que ha recibido el Congreso desde 1998 y el trabajo realizado, cada artículo de ley reformado le costaría al país más de 200 mil dólares. Y si fuera por las leyes orgánicas el precio subiría más.

En su libro  Inconstitucionalidad por Omisión,  Iván Castro Patiño, miembro de la comisión de juristas del Conesup, concluye que este tipo de inconstitucionalidad tiene consecuencias sociales y jurídicas, “ya que permite la supervivencia del statu quo e impide el cambio que la norma persigue”.

Si el Congreso cumplía su función, seguramente ahora no estaríamos involucrados en un nuevo proceso de integración para la Asamblea Constituyente, reflexionó González.

La Comisión del Conesup quiere incluir sanciones a la nconstitucionalidad por omisión.


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