- SEP. 22, 2006 - Foto - Economía - EL UNIVERSO
Cerca de 200 proveedores de internet tienen un plazo de 45 días para ajustarse a las normas de calidad que decidieron aplicar el Consejo y la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones (Conatel y Senatel, respectivamente).
Transcurrido ese periodo, podrán ser sancionadas.
La creación de la norma responde al ritmo de crecimiento del servicio; “más de lo que ocurrió con la radio y la televisión en su tiempo; el incremento anual es casi del 100%”, dijo ayer Juan Carlos Solines, presidente del Conatel.
En primer lugar, bajo las reglas aprobadas, los proveedores que decidan ofrecer conexión a través de banda ancha, deberán hacerlo sobre ese sistema, sin engañar al consumidor. Y para que no haya confusión, las autoridades definieron conceptos.
Banda ancha será aquella suministrada mediante una velocidad de bajada (de información) mínima, igual o superior a 256 kilobytes por segundo (kbps); y una de subida (de información) de 128 kbps.
En segundo lugar, los proveedores deberán registrar un máximo de cinco horas de congestión al mes; de lo contrario, se podrá aplicar una sanción. Por ejemplo, el reembolso del dinero del usuario.
Si el consumidor se siente afectado por el servicio que recibe, podrá bajar de la página web de su proveedor las especificaciones del servicio y con ese documento acercarse a la Defensoría del Pueblo, la Tribuna del Consumidor o la Superintendencia de Telecomunicaciones.