Viernes 15 de septiembre del 2006 Economía

Multa de $ 50 para fumadores ya está vigente

Con la publicación en el Registro Oficial, ayer entraron en vigencia las reformas a la Ley de Defensa del Consumidor que introdujeron  multas de $ 50 a las personas que fumen en lugares públicos o privados.

Está prohibido  el consumo de cigarrillo  en el interior de restaurantes, aeropuertos, cines, ascensores,  auditorios,  estadios, oficinas públicas, bancos, supermercados, correos, hospitales, clínicas, centros de salud, consultorios,  aulas y edificaciones de establecimientos educativos, sean  públicos o privados; centros comerciales, medios de transporte públicos, entre otros.

Tampoco se pueden crear  zonas para fumadores dentro de los lugares descritos, excepto en terminales de transporte aéreo, terrestre y marítimo.

Desde ayer se contarán 120 días, improrrogables, para que las cajetillas y el material de embalaje o envolturas de cigarrillos contengan las advertencias:  “Venta prohibida a niños, niñas y adolescentes. Ministerio de Salud Pública del Ecuador”, “Fumar Causa Cáncer”, “Fumar Mata”. Las empresas que manufacturen o importen los productos sin estas características serán sancionadas con una multa de veinte remuneraciones mínimas básicas unificadas.

Los valores  de las multas  se  entregarán  a la Sociedad de Lucha Contra el Cáncer (Solca) y serán distribuidos  para estudios y equipamiento de la institución.
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