Entre las facultades de los agentes fiscales están las de pedir que se dicten medidas cautelares (prisión para los indiciados), y la revocatoria de la detención para investigación y de la prisión preventiva que solicitan al comienzo.
Se está haciendo mal uso de esa facultad porque para sindicados en delitos mayores y hasta con antecedentes sí hay descargo o se desvanecen las denuncias o acusaciones; pero, para gente de 18 años detenida por primera vez por intento de robo y cuyos familiares no van a “conversar”, ahí sí se la mantiene presa y no pide para ella la revocatoria. Debe eliminárseles esta facultad a los fiscales, pues las peticiones de libertad las hacen los detenidos desde que ingresan a la cárcel. Solo al juez, que es el que firma las boletas de excarcelación, debe dejársele la decisión para que de oficio, incluso cuando el proceso observe que no es necesario mantener la medida cautelar de privación de libertad, pueda revocarla asumiendo como único responsable del mal uso como las consecuencias de tal decisión, y los perjudicados tengan a quién reclamar; no como ahora que los funcionarios se pelotean entre ellos la irregularidad. Debe reformarse el Código Penal en esta parte, para evitar corrupción.
Ab. Alicia Orrala Cabezas
Guayaquil