Para retirar depósitos, inversiones o cualquier valor de las cuentas bancarias donde los nombres de los titulares se unan con las letras “y” o “y/o” deberán concurrir las dos o más personas beneficiarias, según resolvió la Junta Bancaria.
Estas cuentas se consideran conjuntas. En las que los nombres de los clientes se separen con la letra “o” son alternativas, por lo que solo se requerirá la gestión de uno de ellos.