La postergación por tercera vez consecutiva de la reunión del directorio del Fondo del Migrante convocada inicialmente para hoy a las 18h00, provocó indignación en los miembros de la Asociación de Migrantes Rumiñahui.
“Se está cayendo en la misma receta del ex director del Fondo y actual secretario de la Presidencia, Maximiliano Donoso, de no convocar a las reuniones y así generar un vacío, ya son tres reuniones fracasadas”, sostuvo el dirigente de Rumiñahui, Juan Manzanilla.
“No hay nueva fecha para la reunión”, dijo y agregó que hoy analizarán la situación y pedirán que se continué la investigación sobre el supuesto desvío del Fondo del Migrante de 5 millones de dólares por parte de la Cancillería para pagar arriendos en el exterior.
Mientras, el secretario general de la Presidencia, Maximiliano Donoso negó las acusaciones que en su contra realizaron los dirigentes de Rumiñahui y de la Cámara Mundial del Migrante por una supuesta negligencia en la conformación del Directorio del Fondo del Migrante.
Según dirigentes de los migrantes, el secretario de la Presidencia no permitió que el directorio del Fondo apruebe el reglamento para su ejecución en el plazo de dos meses ni la aprobación de proyectos de ayuda, inversión y ahorro.
Donoso solicitó, la semana pasada, al subsecretario de Economía, Armando Rodas, una certificación respecto de la gestión del presidente del Directorio del mencionado organismo, que fue creado el 21 de febrero del 2002.
Rodas le respondió en una carta indicando que en ese portafolio no existe solicitud alguna de Donoso respecto de la asignación, egresos o pagos con relación al Fondo.
Señaló que según los artículos 5 y 10 del decreto de creación del Fondo del Migrante debía contar con una asignación presupuestaria inicial de 5 millones de dólares y su manejo debía estar sujeto a las normas de la Ley de Presupuesto del sector público.
Si no se cumplieron las condiciones necesarias establecidas para la ejecución de los recursos que constaron en la Cancillería, no era posible dar curso a su utilización y perdieron su vigencia en la fecha de clausura y liquidación del presupuesto, según el artículo 65 de la ley antes mencionada, se anota en la carta.