Lunes 07 de noviembre del 2005 Sucesos

Congreso tratará de incluir en ley el secuestro ‘express’

QUITO

En esta semana, el Congreso Nacional tiene previsto aprobar en segundo y definitivo debate una reforma al Código Penal que tipifica el delito de secuestro express.

La reforma que fue presentada por el diputado José Javier Varas (PSC), incorpora en el Código Penal el delito de secuestro express, como una acción que cometen determinados sujetos que atacan al conductor de un automotor y a sus acompañantes, con el fin de despojarlos del control del carro y de retenerlos en su interior para cometer otros crímenes.

En el proyecto se plantea una sanción con reclusión menor ordinaria de tres a seis años a quien o quienes mediante amenazas, violencia, seducción o engaño, se introdujeren en un vehículo automotor y apoderándose de este, retuvieren contra su voluntad a su conductor o a sus ocupantes, o que introdujeren en el vehículo a otras personas.

Esa misma sanción se aplicará a quien se apodere fraudulentamente de un carro para cometer otro delito, y que luego abandona o devuelve el automotor. Pero, la reclusión será de seis a nueve años cuando el infractor a más de apoderarse del vehículo con una o varias personas, lo ponga en marcha u obligue al conductor a ponerlo en marcha para cometer otros delitos.

La reclusión mayor extraordinaria de ocho a doce años se aplicará si producto del cometimiento del secuestro express se producen lesiones graves o incapacidad temporal a la víctima.

La máxima pena de 16 a 25 años se aplicará cuando se haya causado la muerte o incapacidad permanente de la o las víctimas.

Según Varas, al momento hay dificultades reales para juzgar a las personas involucradas en los secuestros express, pues se sancionan como un robo agravado donde se admite la fianza. Al tipificar esta acción como delito, se establecen penas con reclusión que impiden la fianza o caución del detenido.

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