El Tribunal Constitucional (TC) rechazó ayer la demanda que pretendía dejar sin efecto la Ley 60. De esta manera rige la prohibición de entregar el ‘vuelto’ a los ex accionistas de los bancos, mientras no termine la devolución de dinero a los depositantes
Por efecto de la resolución, la aplicación de la ley se mantiene con efecto retroactivo. Esto significa que sus disposiciones se aplicarán aun cuando existan sentencias judiciales que digan lo contrario.
Este es el caso del ‘vuelto’ que reclaman los hermanos Roberto y William Isaías Dassum, ex accionistas de Filanbanco, por 148 millones de dólares. En agosto del 2001 una providencia determinó que debía entregarse esa cartera. Pero en la Ley 60 de diciembre de ese mismo año se prohibió su traspaso mientras no se pague a los clientes.
Ocho de los nueve magistrados del TC rechazaron la demanda contra la ley 60. El vocal Miguel Camba (PSC) votó en contra, argumentando que con la aprobación del cuerpo legal el Congreso violó el principio de irretroactividad de la ley.
La demanda contra la ley 60 la planteó Francisco Zambrano Campusano, en representación del Comité Ecuatoriano de Derechos Humanos y Sindicales. En octubre del año pasado la retiró.
El ‘vuelto’ es la cartera que reclaman los ex accionistas por la disminución de su patrimonio en la entidad.