- MAR. 17, 2003 - Foto - Economía - EL UNIVERSO
Los usuarios del servicio de energía eléctrica tienen derecho a reclamar y recibir reparaciones (de servicio o económicas) cuando son afectados por cortes de luz, cuyas causas pueden ser prevenidas, explicó la directora de la Tribuna del Consumidor, María José Troya.
La ley orgánica de Defensa del Consumidor prevé que cuando hay una suspensión injustificada del servicio, tiene que ser reparada al usuario mediante su planilla de pago. Los proveedores serán sancionados con el pago de multas.
En caso de daños a los electrodomésticos por variaciones de voltaje, cuando se restablece el servicio eléctrico, los consumidores tienen derecho a reclamar un seguro.
Troya indicó que debería establecerse si el apagón que afectó a gran parte del país el sábado era evitable o atribuible a la naturaleza.
Por ser ese apagón el segundo relacionado con la interconexión con Colombia, este tema debe ser investigado, agregó Troya.