El ex propietario del Banco del Progreso, Fernando Aspiazu Seminario, tendrá que cumplir una sentencia de nueve años de prisión correccional por el delito de peculado, según lo ratificó ayer, la Primera Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia.
La resolución de la Sala señala la incapacidad perpetua del ex banquero para desempeñar cualquier cargo o función pública, incluyendo la administración financiera y bancaria del sector privado.
Además el ex banquero, que se encuentra actualmente recluido en el ex Penal García Moreno de Quito, deberá pagar todos los costos judiciales, daños y perjuicios.
Con ello se incluye la restitución de recursos retenidos ilegalmente de propiedad de Petrocomercial que ascienden a más de 37 mil millones de sucres. Pero también el banco retuvo ilegalmente más de 28 mil millones de sucres.
La Sala confirmó, así, la sentencia emitida en contra de Aspiazu por el Tribunal Primero de lo Penal y declaró improcedente el recurso de casación (pedido de anulación de sentencia) que interpuso su defensa.
Pruebas
Según los magistrados, en la sentencia del Tribunal no se encontró violación legal alguna, ya que las pruebas que constan en el proceso demuestran que el sentenciado realizó manejos fraudulentos para disfrazar una conducta abusiva de fondos públicos.
Tomaron en cuenta que Aspiazu reconoció que tuvo en su poder fondos que debía transferir a la cuenta de Petrocomercial, y al no hacerlo cometió de peculado.
Según la denuncia de Petroecuador, el Banco tampoco transfirió a esta entidad los valores correspondientes al pago de Emelec, por el incumplimiento de un contrato suscrito; los montos de garantías canceladas por Petrolitoral a favor de Petrocomercial; las garantías pagadas por Emelec en favor de Petrocomercial por incumplimiento de sus compromisos y las facturas de Inecel y las FF.AA. por la venta de combustible pagadas entre el 8 de febrero y el 22 de marzo de 1999.
La Segunda Sala está integrada por: Arturo Donoso, Milton Moreno y el conjuez Jorge Andrade Lara.
DEFENSA
Gutemberg Vera, abogado defensor del ex banquero Fernando Aspiazu, calificó de ilegal la resolución de la Primera Sala de la Corte Suprema de Justicia. Dijo que “en su momento presentaremos el recurso de revisión”.
Vera explicó que no existió perjuicio al Estado, pues el dinero que se debía entregar a Petrocomercial, y que se retuvo al cierre del banco, se canceló posteriormente con Certificados de Pasivos Garantizados (CPG).
El abogado agregó que Petrocomercial con esos papeles compró vehículos y bienes durante las subastas de la banca cerrada.
El Banco del Progreso cerró sus puertas el 22 de marzo de 1999. El 12 de julio de ese mismo año, el ex propietario del banco entró a prisión por un juicio que inició el Servicio de Rentas Internas (SRI) por la retención del impuesto del 1% a la circulación de capitales.